PRORROGAN LOS CORTES DE SERVICIOS POR FALTA DE PAGO
El decreto incluye a los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable.
Asimismo, se dispuso que en la prórroga que «tratándose de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedaban obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se estableciera en la reglamentación, por un plazo de 180 días corridos».
Esto incluye a quienes tengan celulares «prepagos» las empresas prestadoras deberán brindar un servicio reducido a aquellas personas que no carguen sus teléfonos.
Lo mismo cuenta para los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para garantizar el acceso a los servicios de telecomunicaciones a los usuarios, mediante una conectividad mínima con prestaciones reducidas.